Las intenciones soberanistas de Cataluña han recibido este martes un duro golpe, ya que el pleno del Tribunal Consitucional ha anulado, con la unanimidad de todos sus integrantes, la declaración de soberanía aprobada por el Parlamento catalán el 23 de enero de 2013.
La sentencia, de 36 hojas de extensión, declara «inconstitucional y nulo» que Cataluña sea un «sujeto político y jurídico soberano». El Tribunal entiende que la declaración de soberanía catalana va en contra de los artículos 1.2 (que declara que la soberanía reside en el pueblo español) y 2 (que recoge la unidad de la nación española) de la Constitución; así como los artículos 1 y 2.4 del Estatuto de Autonomía, que establecen que Cataluña ejerce su autogobierno y la Generalitat sus poderes de acuerdo a la Carta Magna.
Sin embargo, la sentencia también indica que es constitucional el «derecho a decidir de los ciudadanos de Cataluña». Considera que éste puede ser interpretado de conformidad con la Constitución, puesto que no consagra un derecho de autodeterminación. Entiende que el derecho a decidir que reclama el Parlamento catalán se puede dar mediante un proceso que respete «legitimidad democrática, pluralismo y legalidad».
La sentencia se ha comunicado antes de que el Parlamento de Cataluña presentara una recusación contra tres de los miembros del Tribunal Constitucional por entender que estaban actuando bajo «una falta de imparcialidad».